Productos bancarios II. Depósitos.

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En esta segunda publicación se pretende dar una explicación somera sobre qué son, cómo funcionan y qué tipos de depósitos bancarios existen en general en la actualidad; no se pretende dar una lista ni una opinión sobre productos existentes en las diferentes entidades bancarias de manera concreta, sino que el objetivo de este escrito es puramente descriptivo.

Versió en català.

Explicaremos los llamados también “depósitos de tipo tradicional”, que son los más habituales para el gran público, por ejemplo, las cuentas corrientes y las cuentas a plazo. No se comentan otros productos bancarios que muchas veces se pueden confundir con los depósitos, como son los fondos de inversión o los seguros de ahorro.

Tampoco se pretende una explicación exhaustiva y puramente técnica, lo que se intentará es una explicación lo más simple y clarificadora posible para que el posible lector pueda tener una idea general sobre el tema expuesto.

 ¿Qué es un depósito bancario?

Básicamente un depósito es un contrato firmado entre un depositante y un depositario  en el que el depositante entrega o presta un bien al depositario y éste, a su vez, se compromete a mantenerlo y reintegrarlo al depositante según unas condiciones pactadas y previstas en el contrato. En el caso de los depósitos bancarios, el depositante es el cliente, el depositario la entidad bancaria y el bien entregado dinero.

Por ello, en términos contables, para la entidad bancaria el dinero recibido como depósito realmente es una deuda contraída con el cliente, que es quien ostenta la propiedad del mismo. El deber de la entidad es mantener en buenas condiciones el depósito recibido, remunerarlo y reintegrarlo según las condiciones acordadas en el contrato del depósito.

Para garantizar y mantener la seguridad de los depósitos bancarios, existe el Fondo de Garantía de Depósitos, que se nutre de aportaciones de todas las entidades bancarias y que actualmente garantiza los mismos con un máximo de cien mil euros por titular y entidad bancaria.

Tipos de depósitos bancarios

Existen muchas clasificaciones posibles para los mismos. Hemos preferido las siguientes, dependiendo de la disponibilidad, el rendimiento y la periodicidad de pago del mismo:

  1. Según la disponibilidad: Cuentas a la vista y cuentas a plazo.
  2. Según el tipo de rendimiento: con intereses monetarios, con rendimiento en especie.
  3. Según la certeza del rendimiento: Con intereses explícitos o referenciados.
  4. Según el pago del rendimiento: Con intereses periódicos, a vencimiento o anticipados.
  5. Según la clase de rendimiento: Con rendimientos constantes o con rendimientos variables.

¿Qué es el rendimiento?

Es el interés que la entidad pagará al cliente por la entidad recibida del mismo. Existen muchas formas de cálculo del mismo, pero la más corriente es la del interés simple o fórmula del carrete. Para más información.

A) SEGÚN LA DISPONIBILIDAD.

Cuentas a la vista

Se caracterizan por una disponibilidad inmediata de la cantidad entregada por el cliente, total o parcialmente. Su rendimiento es el más bajo (en general) de todos los depósitos debido precisamente a este hecho. Básicamente se pueden dividir en dos tipos:

  1. Cuentas corrientes: La cuenta a la vista por excelencia y usada por todo tipo de clientes, particulares y en especial empresas. Permite anexar multitud de servicios, domiciliaciones y se usa comúnmente como cuenta principal por los clientes y de la que pende todo tipo de servicios.
  2. Cuentas de ahorro: También llamadas antiguamente “cartillas”, son usadas mayormente por particulares. Hoy en día tienen muy pocas diferencias con las cuentas corrientes, y éstas dependen básicamente de la entidad en cuestión. Antiguamente nacieron con la finalidad del ahorro minorista particular pero hoy en día admiten prácticamente los mismos servicios que una cuenta corriente.

Cuentas a plazo.

También conocidos como plazos fijos, plazos o imposiciones. En estos depósitos la disponibilidad no es tan inmediata como en los anteriores, pues se pacta un rendimiento superior a cambio de respetar un plazo de vencimiento del mismo. Por tanto, la disponibilidad del depósito no es tan inmediata como en una cuenta a la vista. La mayoría de los mismos permiten el reintegro parcial o total antes del vencimiento pero puede existir una penalización sobre los intereses percibidos o pendientes de percibir; esto es normal, pues la entidad hace sus previsiones en función del saldo total de los clientes y la cancelación anticipada convierte prácticamente el depósito a plazo fijo en un depósito a la vista.

 B) SEGÚN EL TIPO DE RENDIMIENTO

  • Con intereses monetarios. En estos depósitos el tipo de interés es conocido de antemano y en dinero, es decir, sabemos exactamente qué intereses se percibirán por el mismo. Por ejemplo, un tipo de interés del 2%.
  • Con rendimiento en especie. En este tipo, el rendimiento no se percibe en dinero sino que por la contratación del depósito se percibe un objeto como rendimiento, por ejemplo, un electrodoméstico.

C) SEGÚN LA CERTEZA DEL RENDIMIENTO

  • Con rendimientos explícitos, en ellos existe una certeza del rendimiento a percibir y ésta se mide por el factor del tipo de interés y en tanto por ciento. Es decir, un depósito de este tipo genera un rendimiento especificado, calculable y pactado de antemano.
  • Referenciados, en este tipo el rendimiento no se conoce de antemano sino que depende de una serie de factores, como puede ser la evolución de un índice bursátil durante la vida del mismo y que se conoce al final del vencimiento del depósito.

D) SEGÚN EL PAGO DEL RENDIMIENTO.

  • Con intereses periódicos. En ellos el interés se percibe cada un determinado período de tiempo, por ejemplo, mensual, trimestral, semestral o anualmente. Respecto el rendimiento, hay que tener en cuenta los importantes conceptos de interés nominal y TAE, si alguien quiere conocer más de este tema, ver aquí.Por ello, es conveniente conocer bien cuál es el tipo de interés nominal y la TAE de nuestro depósito, pues el rendimiento efectivamente percibido depende directamente de la periodicidad de pago de los intereses, a igualdad de TAE, a más largo período de pago, mayor nominal.
  • A vencimiento. El interés se percibe al final del mismo. En el caso de un depósito a un año el cálculo se haría directamente aplicando el tanto por ciento pactado al capital del depósito.
  • Intereses anticipados. El interés se percibe en el momento de la contratación del depósito.

E) SEGÚN LA CLASE DE RENDIMIENTO.

  • Con rendimientos constantes, el tipo de interés se mantiene constante durante toda la vida del depósito. Por ejemplo, un plazo a un año con pagos trimestrales de intereses al 2%.
  • Con rendimientos variables, pueden ser depósitos con tipos de intereses crecientes, decrecientes o mixtos. Por ejemplo, un depósito a dos años con pago de intereses semestrales con intereses diferentes para cada semestre.

TRATO FISCAL

Respecto los intereses percibidos, debe practicarse una retención del 21% a cuenta del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas y deben ser declarados en el apartado de Rendimientos de Capital Mobiliario en la declaración anual del mismo, aplicando una serie de criterios. Para saber más.

Respecto el capital del depósito, éste debe ser tenido en cuenta a efectos del Impuesto del Patrimonio. Para saber más.

6 comentarios sobre “Productos bancarios II. Depósitos.

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